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001 UTC-11293
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082 _aTESIS 340
_bS1615an
100 _aSalazar Osorio, Wilson Javier
245 _aAnálisis social y económico del delito por propagación de enfermedad peligrosa VIH-SIDA y AH1N1 y reforma legal
_cWilson Javier Salazar Osorio
264 _aEcuador :
264 _aLa Maná :
264 _aLa Maná :
_c2011
300 _a154 p. ;
_c30cm.
_bil. ;
336 _atexto
_btxt
_2rdacontent
337 _ano mediado
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338 _avolumen
_bnc
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500 _aIncluye: CD-Rom
502 _aTesis (Abogado de los Juzgados y Tribunales de la República del Ecuador); Tixilema, Elsa; Dir.
505 _aContenido: 1. Fundamentación teórica. 2. Análisis e interpretación de resultados. 3. Titulo de la tesis
506 _aLAS TESIS DE GRADO SON DE USO EXCLUSIVO EN LA SALA DE LECTURA
520 _aEl Sida ha ocasionado la muerte a más de 40 millones de personas a escala mundial, es un virus que se encarga de eliminar los linfocitos hasta dejarle sin defensas a la persona. La O.M.S., elevó los casos confirmados por influenza Ah1n1 a 11.168 y 79 muertos, es un nuevo virus que se propaga tan fácilmente como la gripe estacional normal, dichos males tienen repercusión en aspectos de interés social y económico. Se empleó los métodos tales como la deducción lo que permitió pormenorizar fundamentadamente los hechos conforme a Derecho y el analítico-sintético consintió a sintetizar y analizar la vulneración del delito por propagación de enfermedad peligrosa Vih-Sida por parte de los propagadores. Se determinó en la investigación que gran parte de los encuestados desconocen del delito por propagación de enfermedad peligrosa, la transgresión del Art. 64 del Código de la Salud por parte del Director del Área 5 de Salud del cantón La Maná al no haber notificado a la Fiscalía los casos reportados lo que contribuyó a su impunidad, sumado la ínfima sanción atribuible a quien contagiare a sabiendas dichos males; se tendría como resultado una cifra considerable de infectados lo que pondría en riesgo la salud y existencia y por ende la disminución de los recursos del Estado al tener que cubrir más necesidades. Con la realización de esta investigación se dio a conocer la falta de una sanción privativa de libertad de reclusión mayor extraordinaria de doce a dieciséis años, que cree temor a los portadores de estas enfermedades contagiosas para que se abstengan de seguir propagando; generando desatemorización en las personas a ser víctimas de estos males, salvaguardando su salud y conservando la especie; es decir creando bienestar. De igual forma el Estado ahorraría recursos al tener que destinar a pocos infectados, lo cual serviría para otros aspectos relevantes e inevitables para la sociedad, lo que contribuiría al desarrollo del país y al cumplimiento de su Buen Vivir.
526 _aVA/pc
650 _aABOGACÍA
_aLAS PENAS DE RECLUSIÓN
_aDERECHO A UN AMBIENTE SANO
_aENFERMEDADES VENEREAS
_aVIH
_aH1N1.
856 _uhttp://repositorio.utc.edu.ec/bitstream/27000/1516/1/T-UTC-2105.pdf
942 _2ddc
_cTES
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999 _c2368
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